Según la medicina, los altos niveles de ruido pueden causar daños a la salud física y mental, incluyendo la pérdida de audición, problemas cardiovasculares, estrés, trastornos del sueño y hasta problemas cognitivos.
De hecho, en Paraguay, los ruidos molestos son el segundo motivo de llamada al Sistema 911 de Emergencia de la Policía Nacional con cerca de las 40.000 llamadas solamente de enero a agosto de este 2025, solo por detrás de denuncias por violencia intrafamiliar. Esto demuestra que, la polución sonora es un problema grave a nivel país.
Por ello, la Municipalidad de Asunción anunció comunicó que ya se encuentra en vigencia una nueva ordenanza que establece los niveles de ruidos permitidos en las distintas zonas de la ciudad, la N° 162/24, “Que regula los ruidos molestos”.
La misma “tiene por objeto regular, prevenir y controlar la emisión de ruidos medio molestos dentro de la Ciudad de Asunción, para la protección de la salud pública y el ambiente”.
Precisamente, el titular de la Dirección General de Gestión Ambiental (DGGA), Armando Ariel Becvort, explicó que “la normativa vigente establece franjas horarias y niveles de sonoridad permitidos según la tipología de cada zona, ya sea residencial, comercial, industrial o de interés histórico”.
Decibeles permitidos
Además, agregó que “mientras en zonas residenciales los niveles permitidos no deben superar los 40 decibeles en horario nocturno, en áreas donde se desarrollan eventos culturales y artísticos, los límites son más flexibles y pueden superar los 90 decibeles, durante actividades puntuales debidamente autorizadas”, detalló.
De esta manera, la Policía Nacional y el Ministerio Público tendrán la responsabilidad de intervenir ante cualquier denuncia, para preservar el orden público, y coordinar acciones para sancionar estas infracciones, todo, mediante disposiciones claras para el control del uso indebido del espacio público, especialmente en plazas y plazoletas, donde frecuentemente se instalan vehículos con equipos de audio de gran potencia.
Primero educación, luego, importantes multas
“Vamos a salir primero a educar, a explicar el alcance de la ordenanza, pero luego vendrán las sanciones, dependiendo de la gravedad y reincidencia del caso”, advirtió Becvort.
La nueva ordenanza, en su Artículo 59, menciona que “Las multas en ningún caso podrán ser inferiores a 5 (cinco) ni superiores a 50 (cincuenta) jornales mínimos en concordancia con lo establecido en la Ley 6.390/20 “Que regula la emisión de ruidos”.
Es muy importante mencionar que, los niveles máximos de ruidos de la nueva ordenanza se establecen por horarios y zonas, ya sea residencial, comercial, industrial o de interés histórico.
En áreas residenciales, áreas de esparcimiento, parques, plazas, etc., de 07:00 a 20:00 se permite hasta 60 decibeles, a la noche, hora de descanso, hasta 35 decibeles. En el Centro Histórico, se permite entre 85 y 95 decibeles.
La Guía para el ruido urbano de la OMS (Organización Mundial de la Salud):
“Define como ruido cualquier sonido superior a 65 dB y considera que los niveles de exposición al sonido de una persona no deben nunca superar los 70 decibeles, ya que el oído humano puede tolerar y asimilar ese nivel de sonido sin ser dañado de manera temporal o permanente. Cualquier sonido por arriba de ese volumen sonoro es peligroso”.
Los ruidos superiores a 75 dB son dañinas, (dependiendo del tiempo de exposición) a partir de los 120 dB son dolorosos. Si la exposición es superior a 85 dB, ya hay riesgo de pérdida auditiva crónica. Mientras que, si la exposición se repite en el tiempo y por encima de 100 dB, hay riesgo.