Este tipo de prácticas afectan a clientes de servicios de Internet para el hogar, televisión por cable, y planes móviles, quienes, después de contratar por un precio fijo, se encuentran con facturas más altas de lo acordado.
La Abg. Tatiana Duarte, jefa de División de Quejas y Reclamos de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), aclaró que las empresas de telefonía no tienen derecho a modificar las tarifas sin contar con el consentimiento del cliente o sin notificarlo adecuadamente, tal como lo establece la normativa vigente.
“Las operadoras no pueden unilateralmente incrementar las tarifas. Es obligatorio que el usuario dé su consentimiento y que se le comunique el cambio”, afirmó Duarte.
Duarte también señaló que, aunque no todas las operadoras incurren en esta práctica, la Conatel no puede intervenir sin una denuncia formal por parte del afectado. Para iniciar un proceso administrativo contra la operadora, el usuario debe presentar una denuncia, ya sea de manera presencial en la mesa de entrada de Conatel, a través de la página web de la institución, o enviando un correo a reclamos@conatel.gov.py o cccenter@conatel.gov.py.
Una vez iniciada la causa administrativa, se notifica a la operadora y se busca una compensación para el usuario. Este proceso debe cumplirse sin excepciones, explicó.