Días atrás, un asalto ocurrido en Ciudad del Este derivó en un delincuente muerto por parte de un comerciante que, al ver que el mismo portaba un arma cuando ingresaba a su local, también sacó la suya y realizó varios disparos. Durante el intercambio de disparos, también perdió la vida la mujer del trabajador.
Ahora, la fiscalía justifica la legítima defensa del dueño del local, aunque se encuentra detenido en carácter de testigo. El hombre habría realizado 4 disparos, mientras que el delincuente percutió su arma en 2 ocasiones.
Sin embargo, esto lleva a preguntarnos ¿hasta dónde va la legítima defensa?, puesto que la ley paraguaya también prohíbe algo a lo que denominamos “justicia por mano propia”.
El Artículo 19 del Código Penal de Paraguay (Ley N° 1160/1997) establece la legítima defensa como causa de justificación. O sea, exime de responsabilidad a quien realiza una conducta típica para rechazar o desviar una agresión presente y antijurídica a un bien jurídico propio o ajeno
¿Cuándo es Legal la Legítima Defensa?
La clave de la legítima defensa está en la razonabilidad. Por ejemplo:
-Defenderse en un ataque físico: Si alguien intenta golpearte y temes por tu seguridad, puedes utilizar la fuerza necesaria para detener el ataque.
-Amenaza inmediata: Debe haber una amenaza creíble de daño físico inminente por parte del perpetrador.
-Proteger a un tercero: Puedes intervenir si ves que otra persona está en peligro inmediato.
-Fuerza proporcional: La cantidad de fuerza utilizada para defenderse debe ser razonable y proporcional a la amenaza percibida.
-Defensa en tu hogar: Tienes el derecho de usar fuerza para proteger tu hogar de intrusos, siempre que exista una amenaza legítima de daño.
No es legítima defensa cuando...
-No existe provocación: No puedes reclamar legítima defensa si fuiste quien provocó el conflicto.
-Perseguir al agresor: Si la amenaza cesa y decides perseguir a la persona para atacarla, ya no es legítima defensa.
-Uso desproporcionado de la fuerza: Responder con un arma mortal a un empujón o insulto no suele considerarse razonable.
-Conflictos iniciados por ti: Si iniciaste la pelea, será difícil demostrar que actuaste en legítima defensa.
“La legítima defensa se da con el permiso que la Constitución Nacional hace para que cada quien defienda bienes propios o ajenos, cuando reciba un peligro inminente en una agresión presente y no pueda recibir el auxilio oportuno del Estado para evitar el daño al bien jurídico”, explica el abogado Roque Orrego.
Finalmente, el profesional aclaró la diferencia con justicia por mano propia. “Hacer justicia por mano propia es ya ejercer violencia que asume un ciudadano o grupo de ciudadanos ante el peligro que existe de ser víctima de un hecho punible o ante un hecho punible ya cometido”
En otras palabras, la justicia por mano propia consiste en acciones violentas, a menudo motivadas más bien por venganza.