Es oficial. Uruguay acaba de convertirse oficialmente en pionero en el tema, al aprobar la “Ley de Muerte Digna” vía legislativa, que permite la muerte asistida para pacientes con enfermedades incurables e irreversibles y sufrimientos intolerables, exigiendo ser mayor de edad y residente.
Fue precisamente le último miércoles, que el presidente de Uruguay, Yamandú Orsi, firmó el decreto que reglamenta la ley de eutanasia, que fue aprobada en octubre pasado por legisladores de distintos partidos políticos de Uruguay.
El mandatario destacó que la aprobación de esta normativa implicó un “proceso de debate profundo, plural y sostenido en el tiempo”. Tras ello, el Ministerio de Salud Pública reglamentó la Ley N° 20.431, que reconoce el derecho de las personas a solicitar la eutanasia en condiciones específicas, estableciendo un marco claro, garantista y acompañado para su implementación en el sistema de salud.
Cumplir la voluntad del paciente
Vale mencionar que, una de las exigencias primordiales va dirigida a los prestadores de salud, ya que el protocolo de actuación obliga a que todas las mutualistas (entes de salud) públicas o privadas, cumplan con la voluntad del paciente, aun cuando alguno de sus médicos presente la objeción de conciencia.
La ley de eutanasia, de esta forma establece el derecho a acceder al procedimiento, a personas mayores de edad “psíquicamente aptas” y que padezcan una patología incurable e irreversible, que les haga padecer “sufrimientos que le resulten insoportables”.
En el decreto reglamentario, se establecieron definiciones y se reguló el procedimiento para “otorgar las mayores garantías en su implementación”. Además, la ministra de Salud Pública del Uruguay, Cristina Lustemberg, destacó la voluntad del paciente en todo momento, incluso si quiere revocar la decisión.
Además, la podrá elegir algunos aspectos del procedimiento, como el lugar en el que se va a realizar: puede hacerlo en un sanatorio o en su propia casa. Además, también podrá elegir estar o no acompañado.
¿Quiénes pueden acceder a la eutanasia?
En línea con lo que establece la ley, el decreto señala que solo pueden amparase ciudadanos uruguayos naturales o legales, o quienes acrediten la residencia en el país. El decreto también incluye algunas definiciones, que son una suerte de pasos para acceder al procedimiento.
-Psíquicamente apta: la persona debe ser capaz de “comprender a cabalidad su situación de salud, evaluar todos los tratamientos y alternativas posibles y tomar decisiones conforme a su real saber y entender”.
-Patología o condición incurable o irreversible: es cuado la enfermedad está en una condición clínica con un curso “progresivo” y se caracteriza por la “ausencia de posibilidades de respuesta a un tratamiento curativo eficaz conforme a la evidencia médica actual”. Hay una “pérdida progresiva de la autonomía del paciente”.
-Etapa terminal de una patología incurable: “Es una situación clínica avanzada de una enfermedad incurable e irreversible, por el cual el fallecimiento se prevé en un horizonte temporal cercano”.
-Sufrimientos que resulten insoportables: es la “experiencia de síntomas físicos o psíquicos derivados de una patología incurable e irreversible, que se manifiesta de forma persistente en el tiempo, resistente y refractario a los tratamientos y cuya intensidad es percibida por el paciente como incompatible con su dignidad o integridad”.
La eutanasia en el Mundo
La eutanasia es un tema difícil por los aspectos valóricos y morales que subyacen al procedimiento que termina con la vida de una persona. Por lo tanto, actualmente está permitida en países son: España, Países Bajos, Canadá, Nueva Zelanda, Ecuador, Perú, Colombia, Bélgica, Luxemburgo y Uruguay.
En Colombia, la Corte Constitucional despenalizó la eutanasia en 1997 y en 2015 se reglamentó, permitiendo la muerte médicamente asistida bajo estrictos protocolos. En Ecuador, la Corte Constitucional falló en 2024 a favor de la eutanasia tras el caso de Paola Roldán, permitiendo la muerte digna para pacientes con enfermedades graves e incurables.
Finalmente, en Perú, Tras un largo proceso judicial, se despenalizó la eutanasia también en 2024, específicamente para el caso de Ana Estrada, sentando un precedente legal para casos similares.